Formación Avanzada para Operaciones de Carga en Buques Tanque Gaseros (I.M.O. 1.05)
Curso obligatorio conforme al Convenio STCW para Oficiales de Cubierta y Oficiales de Máquinas que desempeñen funciones de nivel de gestión y sean responsables de las operaciones de carga, descarga, manipulación y transporte de gases licuados a bordo de buques tanque gaseros (LNG/LPG).
La capacitación desarrolla las competencias necesarias para planificar, supervisar y controlar en forma segura las operaciones de carga, respondiendo adecuadamente ante emergencias y aplicando las medidas de seguridad, salud ocupacional y protección del medio marino establecidas por la normativa internacional.
Próximamente fechas
Estamos planificando el calendario para las próximas ediciones de este curso.
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¿A quién está dirigido?
- Capitanes.
- Primeros Oficiales.
- Oficiales de Cubierta.
- Oficiales de Máquinas.
- Personal que desempeñe funciones de nivel de gestión en buques tanque gaseros (LNG/LPG).
Requisitos para inscribirse
Es obligatorio cumplir con los siguientes requisitos:
- Certificado vigente de Formación Básica para Operaciones de Carga en Buques Tanque Gaseros.
- Tener vigentes los siguientes certificados STCW:
- Acreditar un mínimo de 90 días de embarco en buques tanque gaseros posteriores a la obtención del certificado básico, cuando corresponda para el curso completo.
- Para la modalidad de actualización, acreditar 365 días de embarco en buques tanque gaseros durante los últimos cinco años, conforme a la normativa vigente.
- DNI o Pasaporte vigente.
- Libreta de Embarque.
- Certificado de aptitud médica nacional e internacional vigentes.
- Una fotografía tipo carnet 4x4 en formato digital (JPG), cuando corresponda.
Certificación que obtendrás
Al aprobar el curso se otorgará el certificado correspondiente a la competencia:
STCW A-V/1-2-2 – Formación Avanzada para Operaciones de Carga en Buques Tanque Gaseros (Advanced Training for Liquefied Gas Tanker Cargo Operations).
Vigencia
Los alumnos que acrediten la experiencia de embarco exigida por la normativa vigente podrán realizar la renovación o revalidación del certificado mediante el procedimiento establecido por la Autoridad de Aplicación, cuando corresponda.
